El derecho de oposición en la LOPD

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    El derecho de oposición en la LOPD

    Internet ha facilitado un intercambio de datos sin precedentes en la historia de la humanidad. Entre las personas. Entre las empresas. Y, sí, también entre los ciudadanos y las empresas. Estas últimas, gracias a sus webs, poseen ahora más datos personales de los usuarios que nunca. Esto tiene muchas ventajas para las propias compañías, y en cierto modo para los propios usuarios. Pero también conlleva peligros para la seguridad de estos últimos y de sus datos confidenciales. De ahí que las normativas de derecho a la protección de datos hayan cambiado.

    Un cambio cuyo principal abanderado ha sido la Unión Europea. En concreto, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Estos dos organismos trabajaron conjuntamente para desarrollar el popular Reglamento General de Protección de Datos, más conocido como RGPD. Una normativa destinada a ampliar los derechos que tienen los usuarios en cuanto a sus datos personales. ¿Cuáles son las diferencias entre este RGPD y la LOPD? Esencialmente ninguna. La LOPD no es más que la adaptación española del RGPD, de carácter comunitario.

     

    Ley de protección de datos personales

    Dicho con otras palabras: la Ley de Protección de Datos Personales y garantías digitales es el traslado de todos los preceptos establecidos por el RGPD al marco legislativo de nuestro país. Su misión, como la misión del RGPD, es defender a los usuarios frente a las organizaciones públicas o privadas que almacenan, manejan y utilizan sus datos personales. Podríamos decir que, en última instancia, esta ley es la última barrera protectora entre nuestra identidad confidencial y los abusos de las empresas. Por eso es tan sumamente importante.

    La LOPD contempla nuevas obligaciones como la obligación de recabar el consentimiento explícito del usuario para poder almacenar y utilizar sus datos. Además, a la hora de ejercer dicho consentimiento, los usuarios deben conocer con qué finalidad serán tratados los mismos. Así se evita que las entidades hagan un uso ilegítimo de la información personal. Las sanciones por incumplir estas y el resto de obligaciones pueden suponer hasta cientos de miles de euros en los peores casos. La Ley de Protección de Datos personales va muy en serio.

     

    Derecho de oposición

    Además de todas las obligaciones, la normativa establece una serie de derechos fundamentales conocidos como derechos LOPD o derechos ARCO. Estos son los derechos al acceso a los datos personales que la empresa tiene del usuario, a la rectificación de los mismos, a su cancelación y a su oposición. Además, ahora también contempla dos nuevos derechos de enorme importancia. Por un lado, el derecho a la portabilidad de los datos. Y por otro, el derecho al olvido LOPD, para lo que existen ciertos condicionantes como que la información esté obsoleta.

    En cuanto al derecho de oposición, permite al usuario oponerse al tratamiento de sus datos personales. En ese caso, la empresa, organización o profesional que los haya estado tratando tendrá que cesar de hacerlo. Aunque este derecho tiene límites. El interesado solo podrá ejercerlo cuando sus datos personales estén siendo usados en una tarea basada en interés público, en interés legítimo del responsable de los datos o de un tercero, o en la elaboración de perfiles. Además, deberá justificar las razones particulares que justifiquen esa oposición.

    Los responsables de los datos tendrán entonces que parar de tratarlos. No obstante, existen excepciones por las cuales podrían no hacerlo. Como que acrediten que existen razones legítimas para el tratamiento que sean más relevantes que los derechos del usuario. Lógicamente, las razones deben ser muy trascendentes y estar bastante justificadas para poder oponerse a ese derecho de oposición. También cuando justifique que el tratamiento es imprescindible para la presentación o defensa de reclamaciones.