¿Cuántas declaraciones de la renta hay que conservar?

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    ¿Cuántas declaraciones de la renta hay que conservar?

    Hace tiempo escribimos un post acerca de cuánto tiempo deberíamos conservar los documentos de una empresa. ¿Lo recuerdas? También os hablamos en profundidad sobre cuántos años hay que guardar toda la contabilidad de una compañía. Después de todo, nuestro marco legal nos obliga a conservar varios de los documentos empresariales durante varios años. Pero no solo las empresas se enfrentan a esta tesitura. Los particulares también. Por ejemplo, cuando se trata de conservar las declaraciones anuales de la renta.

    Presentar declaración de la renta

    Nuestro marco jurídico establece un mínimo de ingresos económicos anuales para determinar la obligación o no de los ciudadanos de presentar la declaración de la renta. Sin embargo, la inmensa mayoría de la gente supera dicho umbral y tienen obligación de realizarlo. En esos casos es esencial que lo hagamos y, además, que lo hagamos correctamente para cumplir con nuestras funciones tributarias. La pregunta sin embargo es otra: ¿cuántos años hay que guarar las declaraciones de la renta para cumplir con la ley?

    La respuesta a esta pregunta es especialmente importante en el caso de los autónomos. Estos profesionales tienen la misma obligación que el resto de personas físicas de conservar los documentos. Pero puede que la Agencia Tributaria las demande con más frecuencia. En ese sentido, y si somos profesionales autónomos, es fundamental que conozcamos los plazos obligatorios de conservación. De lo contrario podríamos incurrir en un incumplimiento. ¿Vas a presentar la declaración de la renta? Te decimos cuánto tiempo conservarla.

    ¿Cuántas declaraciones de la renta hay que conservar?

    Existen tres posiciones en torno a esta cuestión. Quienes conservan todos los documentos por miedo a que la Agencia Tributaria los exija, los que se deshacen de ellos por inconsciencia y quienes conocen los plazos a los que deben someter la conservación. ¿Pero cómo formar parte de estos últimos? Nosotros te lo decimos: el plazo de prescripción es de cuatro años desde que finaliza el periodo voluntario de presentación. Salvo en los casos en que se haya interrumpido y reiniciado la declaración de la renta de Hacienda.

    Esto implica que debemos guardar al mismo tiempo cuatro declaraciones de la Renta. La de este año, la del año anterior, la del año anterior a este y la del año anterior a este último. Solo así podemos cumplir con las obligaciones establecidas por la Agencia Tributaria. En todo este tiempo la misma agencia puede revisar las declaraciones tantas veces como considere necesarias. Además, nuestra tarea no es únicamente presentar la declaración y conservarla, sino también la documentación anexa a la declaración.

    ¿Cuántos años hay que guardar las declaraciones de la renta?

    En concreto, y según reza nuestra normativa fiscal, los declarantes tienen obligación de «conservar durante el plazo máximo de prescripción, los justificantes y documentos acreditativos de las operaciones, las rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones de cualquier tipo que deban constar en sus declaraciones y aportarlas juntamente con las declaraciones del impuesto, cuando así se establezca y a exhibirlos ante los órganos competentes de la Administración tributaria, cuando sean requeridos al efecto».

    Eso implica que no solo debemos conservar durante cuatro años la propia declaración de la renta. También, y como decíamos antes, todo tipo de justificantes que acrediten que la información reportada en la misma es correcta. Desde certificados bancarios hasta certificados de retenciones del trabajando, pasando por los certificados de donativos o los certificados de compaías aseguradoras entre muchos otros. Ahora ya sabes cuántas declaraciones de la renta hay que conservar. Una responsabilidad ciudadana que debemos cumplir minuciosamente.