Sanciones de la nueva LOPD

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    Sanciones de la nueva LOPD

    Los organismos políticos han recrudecido durante los últimos años las normativas relativas a la protección de datos de carácter personal. Primero fueron el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, que crearon conjuntamente el revolucionario Reglamento General de Protección de Datos, más conocido como RGPD. Y, unos años más tarde, fue el gobierno español diseñó y puso en marcha la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales. Su complejidad ha obligado a muchas empresas a contratar una consultar LOPD para estar al día.

    Y es que el incumplimiento de esta nueva ley de protección de datos puede traer consigo cuantiosas sanciones de la Agencia de Protección de Datos. Sanciones cuya cantidad económica exacta depende de la gravedad que tengan los actos de incumplimiento. Esta gravedad se mide en función de los derechos personales afectados, los volúmenes de datos personales afectados, los beneficios obtenidos de la gestión ilícita de los mismos, del grado de intencionalidad de la vulneración, de la reincidencia o del daño causado a la persona o personas afectadas.

    Así, podemos encontrar en primer lugar las sanciones leves. Se trata de sanciones cuya cantidad económica está ubicada entre los 601,01 euros y los 60.101,21 euros. Estas sanciones LOPD suelen deberse a la no solicitud de inscripción del fichero de datos personales en la Agencia Española de Protección de Datos. O al no atendimiento de las solicitudes de rectificación o cancelación por parte de los usuarios, dos derechos ARCO fundamentales. O a la recopilación no consentida de los datos personales de terceros. Y el consentimiento tácito no sirve.

    En segundo lugar, encontramos las sanciones de la LOPD 2018 graves. Se producen cuando se utilizan los datos personales con finalidades diferentes a las consentidas por los usuarios. O cuando no se permite al acceso a los datos personales, otro derecho ARCO fundamental. O cuando se tratan datos especialmente protegidos (como la ideología, la religión, el origen racial, el historial de salud, la vida sexual o el expediente penal) sin autorización del usuario. Las multas van desde los 60.1001,21 euros hasta los 300.506,25 euros.

    En tercer y último lugar, encontramos las sanciones de la Ley de Protección de Datos muy graves. Pueden ser objeto de ellas quienes creen ficheros con datos personales especialmente protegidos, quienes recojan los datos personales de una manera fraudulenta, quienes vulneren el secreto de datos especialmente protegidos, quienes comuniquen o cedan datos de manera no autorizada o quienes transfieran datos personales a países donde estas medidas de seguridad no existen, entre muchos otros. De 300.506,25 euros hasta 601.012,1 euros de multa.

     

    ¿A quiénes afecta la LOPD?

    Como indican los organismos oficiales, “cualquier entidad de carácter público o privado está obligada a cumplir toda la normativa en vigor relativa a protección de información personal amparada por la LOPD”. Así mismo, las “Administraciones Públicas, en el ejercicio de su actividad, están plenamente sometidas al cumplimiento de esta normativa”. Además, igual que ya os contamos que cumplir el RGPD siendo autónomo era una obligación, lo es también en el caso de la LOPD. Esta afecta a cualquier persona o entidad que maneje datos personales.

     

    LOPD: sanciones destacadas

    La LOPD no es más que una adaptación del RGPD a la legislación nacional. En ese sentido, todos los países que conforman la Unión Europea estaban obligados a realizar esta adaptación. También el Reino Unido, cuya salida de la Unión Europea todavía no se ha hecho efectiva. Y de la mano del Comisionado de Información del país, una entidad equivalente a nuestra Agencia Española de Protección de Datos, llegó el pasado mes de julio una de las sanciones LOPD más destacadas hasta el momento: una multa de 183 millones para British Airways.

    ¿La razón? Un ataque pirata sufrido por la aerolínea y en la que se robaron muchísimos datos personales. Según el comisionado, fue culpa del déficit de seguridad de la empresa. ¿Quieres que no te ocurre lo mismo? ¿Quieres que tu empresa, web o o blog cumpla con la LOPD correctamente? Contáctanos y solicita una asesoría hoy mismo.