Estas son las razones por las cuales la destrucción segura de documentos confidenciales es de gran importancia, y el mayor riesgo radica en no cumplir con el RGPD y la Ley Orgánica de Protección de Datos con tus empleados, proveedores y clientes. Respondiendo a la pregunta que te estás formulando ahora mismo ¿Obliga la normativa a formatear un disco duro? La respuesta es afirmativa: la obligación de destruir o borrar cualquier soporte con datos personales al desecharlo ya figuraba en el artículo 92.4 del antiguo Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 (derogada desde el 7 de diciembre de 2018 por la Ley Orgánica 3/2018); hoy la exige, sin ese detalle técnico, el marco del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD), aplicable desde el 25 de mayo de 2018, y la propia Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (LOPDGDD).
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Te resumimos este punto 4 en que la normativa habla de obligado cumplimiento cuando se vaya a “tirar a la basura” como forma de protegerse de las situaciones de seguridad comprometida por encontrar datos en la basura. En el caso de acceso a datos de carácter personal vía sistema/soporte informático, se normalizaba por el antiguo Real Decreto 1720/2007, en su artículo 91.1: Los usuarios tendrán acceso únicamente a aquellos recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. Esto se traduce en usuarios y contraseñas, además de otras medidas de seguridad en red, pero no es obligatorio el borrado/formateo de los discos duros, aunque para evitar problemas es la opción más segura.
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Pero, ¿Y la destrucción del disco duro, es necesaria?
Si es necesaria, cuando en él se encuentran datos de carácter personal obsoletos y no son relevantes tampoco para la empresa. En este caso la destrucción del disco duro con toda la información contenida dentro es la opción más sencilla para cumplir con la LOPD.
Como la mayor parte de los datos de carácter personal se almacenan hoy de forma digital, el disco duro cobra una gran relevancia ya que es la fuente de datos más grande de una empresa.
¿Qué hacer antes de la destrucción de los discos duros?
¿Cómo destruimos los discos duros en ABDC?
En ABDC Destrucción confidencial nos dedicamos todo tipo de destrucción también en disco duro y equipos informáticos llamados RAEE, según el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de abril de 2016 y el Real Decreto 110/2015. Este real decreto responsabiliza a los productores de estos aparatos a organizar y financiar el sistema de retirada selectiva y reciclaje de ISO de equipos en desuso, así como el cumplimiento de los objetivos de recogida y destrucción. Incluye además los requisitos técnicos necesarios para la reutilización con medidas saludables de la retirada y destrucción del disco duro.
Con los discos de memoria tanto interna como externa tenemos un procedimiento especial por el que primero lo desmagnetizamos en una maquinaria especializada a tal uso, para después ejercer una presión que acaba por romper el disco donde se contienen los datos, extraemos los pedazos y los reciclamos si fuera posible convirtiéndolos en polvo. Como puedes comprobar no hay posibilidad ni humana ni tecnológica de recuperar los datos una vez se convierten los materiales que conforman el disco duro en polvo.
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